La situación de los varones en Irán

Imagen de Shutterstock.

Introducción

La mayoría de nosotros estamos bastante familiarizados con la discriminación femenina en Irán, particularmente en lo relacionado con el pañuelo islámico, la necesidad del consentimiento del marido para obtener un pasaporte y la lapidación. Este artículo tratará la discriminación legal y otros problemas que también experimentan los varones por razón de sexo. Con ello no pretendo minimizar el sufrimiento femenino, sino cuestionar la idea de que la discriminación sexual es unidireccional, o que no existen en el país graves problemas que afectan desproporcionadamente al sexo masculino.

1. La lapidación y las ejecuciones por adulterio

«Hombre lapidado hasta la muerte en Irán por adulterio». La captura proviene de un artículo de Reuters.

A muchos les sorprenderá que comience con un tema como la lapidación, que se considera que afecta mayoritaria o exclusivamente a las mujeres, pero lo hago porque los datos de los que disponemos no se corresponden a esta percepción de la realidad. 

La ONG Stop Stoning Now recogió en un informe el mayor número de víctimas conocido desde 1980 hasta 2010. Si contamos únicamente aquellas cuyos nombres quedaron registrados, en estas tres décadas fueron ejecutados 23 hombres y 23 mujeres (pp. 5-8). Ahora bien, si contamos a todas las víctimas, incluyendo aquellas cuyos nombres se desconocen, según esta ONG tendríamos 71 hombres y 54 mujeres que habrían sido lapidados (ibid). Debe recordarse que este castigo en Irán sólo se aplica al adulterio y por tanto todos los hombres lapidados lo fueron por la misma razón que las mujeres. 

El Centro Abdorrahman Boroumand recoge un número más limitado de ejecuciones por lapidación, pero muestra una diferencia similar: 7 mujeres frente a 17 hombres. A partir de 2013, debido a la presión internacional, muchas de estas sentencias se ejecutaron por otros métodos como el ahorcamiento. En ese sentido el Centro Abdorrahman Boroumand, que incluye estadísticas desde 1979 hasta 2021, recoge la ejecución de 32 mujeres y 86 hombres por razones de infidelidad conyugal si sumamos todos los métodos (incluyendo la lapidación). 

La ejecución por adulterio no es un asunto exclusivamente masculino, pero todo apunta a que les afecta en igual o en mayor medida que a las mujeres. 

2. La homosexualidad

Fotografía de NuevaTribuna.es

El código penal iraní recoge tanto la homosexualidad masculina como la femenina. Mientras que el «delito» masculino aparece como sodomía (penetración anal o ser voluntariamente penetrado) el femenino es llamado lesbianismo, y se define como “homosexualidad empleando los genitales”. Entre ellos existe una importante diferencia: la homosexualidad masculina es castigada con la muerte (generalmente la horca) a la primera ofensa, mientras que la femenina se pena con la muerte a la cuarta ofensa (p. 6). Esto explicaría en parte por qué 158 hombres han sido ejecutados por este “crimen” pero ninguna mujer desde 1979 a 2021.

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La discriminación masculina en el sistema penal y la aplicación de la pena de muerte

Es sobradamente conocido que los hombres cometen más crímenes violentos que las mujeres, incluyendo el asesinato, lo que en principio causaría la disparidad sexual en la aplicación de la pena capital. Nuestro artículo, sin embargo, demostrará que este hecho por sí mismo es insuficiente para explicar el desproporcionado número de varones que son ejecutados en comparación con las mujeres, constituyendo más del 99% a nivel mundial. Ofreceremos causas alternativas basándonos el contexto de otras discriminaciones penales existentes, así como factores culturales relacionados.

Pasado y presente del trato discriminatorio en Estados Unidos

Comenzamos con Estados Unidos por contar con las estadísticas más abundantes y fiables sobre la aplicación de la pena capital.

En su artículo “Unequal Before the Law: Men, Women and the Death Penalty” (Desiguales ante la ley: hombres, mujeres y la pena de muerte), Andrea Shapiro señalaba que aunque las mujeres cometen el 10% de los asesinatos, constituyen únicamente el 0,5% de los ejecutados (p. 447-448), y que la disparidad persiste incluso cuando el historial criminal es similar (p. 453)

¿Qué explica pues, esta diferencia de trato? Siempre es bueno consultar la Historia para sentar las bases del asunto, y lo que me resultó especialmente revelador fue una columna recogida en el Ohio Law Bulletin (Boletín Legal de Ohio) del año 1912, Volumen 57. Su título era “Mujeres jurado para juzgar a las asesinas”. Allí se relataba el problema que suponía para un jurado enteramente masculino condenar a mujeres asesinas en Chicago (no hablamos de sentenciar a muerte, sólo de condenarlas a cualquier pena). Las mujeres todavía no podían formar parte del jurado en el Estado de Illinois, y se argumentaba que esta participación sería la única manera de conseguir que las asesinas recibieran su merecido castigo. Veamos algunos fragmentos (p. 500-501):

“Es prácticamente imposible asegurar la condena de una mujer imputada por homicidio en Chicago bajo el presente sistema de jurado” dice Mr. Wayman [el fiscal del Estado]. “Doce hombres simplemente no pueden ser convencidos, no importa lo clara que sea la evidencia, de que una mujer sea culpable del crimen más grave posible. Por tanto he decidido anunciar que estoy a favor de tener mujeres jurado para juzgar a otras mujeres en casos de homicidio”.

Se realizó una investigación entre las mujeres confinadas en la cárcel del Condado de Cook a la espera de ser juzgadas por homicidio para determinar su reacción ante la posibilidad de que jurados de mujeres se encargaran de sus casos. Casi sin oposición parecían rechazar fuertemente a la idea. Fueron sinceras en sus declaraciones donde afirmaban que no querían mujeres en sus jurados.

Mujeres asesinas

St. Stephe consiguió de hecho recoger algunas de estas declaraciones:

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