Introducción
La mayoría de nosotros estamos bastante familiarizados con la discriminación femenina en Irán, particularmente en lo relacionado con el pañuelo islámico, la necesidad del consentimiento del marido para obtener un pasaporte y la lapidación. Este artículo tratará la discriminación legal y otros problemas que también experimentan los varones por razón de sexo. Con ello no pretendo minimizar el sufrimiento femenino, sino cuestionar la idea de que la discriminación sexual es unidireccional, o que no existen en el país graves problemas que afectan desproporcionadamente al sexo masculino.
1. La lapidación y las ejecuciones por adulterio
A muchos les sorprenderá que comience con un tema como la lapidación, que se considera que afecta mayoritaria o exclusivamente a las mujeres, pero lo hago porque los datos de los que disponemos no se corresponden a esta percepción de la realidad.
La ONG Stop Stoning Now recogió en un informe el mayor número de víctimas conocido desde 1980 hasta 2010. Si contamos únicamente aquellas cuyos nombres quedaron registrados, en estas tres décadas fueron ejecutados 23 hombres y 23 mujeres (pp. 5-8). Ahora bien, si contamos a todas las víctimas, incluyendo aquellas cuyos nombres se desconocen, según esta ONG tendríamos 71 hombres y 54 mujeres que habrían sido lapidados (ibid). Debe recordarse que este castigo en Irán sólo se aplica al adulterio y por tanto todos los hombres lapidados lo fueron por la misma razón que las mujeres.
El Centro Abdorrahman Boroumand recoge un número más limitado de ejecuciones por lapidación, pero muestra una diferencia similar: 7 mujeres frente a 17 hombres. A partir de 2013, debido a la presión internacional, muchas de estas sentencias se ejecutaron por otros métodos como el ahorcamiento. En ese sentido el Centro Abdorrahman Boroumand, que incluye estadísticas desde 1979 hasta 2021, recoge la ejecución de 32 mujeres y 86 hombres por razones de infidelidad conyugal si sumamos todos los métodos (incluyendo la lapidación).
La ejecución por adulterio no es un asunto exclusivamente masculino, pero todo apunta a que les afecta en igual o en mayor medida que a las mujeres.
2. La homosexualidad
El código penal iraní recoge tanto la homosexualidad masculina como la femenina. Mientras que el «delito» masculino aparece como sodomía (penetración anal o ser voluntariamente penetrado) el femenino es llamado lesbianismo, y se define como “homosexualidad empleando los genitales”. Entre ellos existe una importante diferencia: la homosexualidad masculina es castigada con la muerte (generalmente la horca) a la primera ofensa, mientras que la femenina se pena con la muerte a la cuarta ofensa (p. 6). Esto explicaría en parte por qué 158 hombres han sido ejecutados por este “crimen” pero ninguna mujer desde 1979 a 2021.
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